El origen de las instituciones forales

Antecedentes: la Tierra de Gipuzkoa

Como hemos visto, en la Alta Edad Media, Gipuzkoa se hallaba organizada en valles, a modo de circunscripciones menores constituidas por agrupaciones de aldeas y tierras  en las que se asentaban más o menos de forma dispersa la población: La Tierra de Gipuzkoa. Se aprecia una estructura social en cuya cúspide se encuentran los miembros de los linajes dominantes o fijosdalgos, y por debajo de ellos los villani, hombres dependientes del rey o de los linajes.

De las primeras Hermandades a la Hermandad General de Gipuzkoa

Aunque se conocen diversas juntas parciales formadas por las villas de la “Tierra de Gipuzkoa” en el siglo XIV, las celebradas en Getaria en 1397 suponen un antes y un después en la estructuración política de lo que será la Provincia de Gipuzkoa.

La constitución de hermandades existía ya a fines del siglo XIII, pero no aglutinaban ni a todas las villas guipuzcoanas ni exclusivamente a éstas. La Hermandad de las Marismas, de 1296, estaba vinculada al comercio costero, y compuesta también por Vitoria, Santander, Laredo, Castro Urdiales y Bermeo. Hubo hermandades fronterizas con diversas villas navarras, alavesas y guipuzcoanas destinadas a evitar el bandolerismo desde 1329; pero se formaban coyunturalmente y con fines concretos, no eran permanentes.  Sin embargo, a lo largo del siglo XIV, la celebración de varias hermandades para hacer frente a la violencia generada por las luchas de bandos, fueron plasmando una nueva estructura política de carácter diferente. Aunque la documentación regia generada entre 1362 y 1370 ya habla en varias ocasiones de una “Hermandad de la Tierra de Gipuzkoa”, será la de 1375 en Tolosa la que se considere como la primera Hermandad de la Provincia. Desde entonces, y para hacer frente a la violencia del territorio guipuzcoano, los cargos de alcaldes de Hermandad contaron con atribuciones especiales para actuar en cualquier parte de Gipuzkoa, llevar las investigaciones de cada caso denunciado y dictar sentencias inapelables.

Fue la Junta de Getaria de 6 de julio de 1397 la que reunió por primera vez, a representantes de todas las corporaciones privilegiadas guipuzcoanas (villas y Alcaldías Mayores), con el fin de proclamar la Hermandad General de Gipuzkoa. Presidida por el corregidor Gonzalo Moro (reflejo del interés regio por potenciar el nuevo ente político), las decisiones tomadas en aquella Junta se plasmaron en el primer Cuaderno de Ordenanzas de la Provincia.

Resulta interesante advertir que la presencia de las Alcaldías Mayores suponía, de hecho, reconocer en cierta manera el peso que los parientes mayores, como el señor de Lazcano, tenían en Gipuzkoa, pues era en esas Alcaldías, que no constituían núcleos con fuero villano, donde su poder era más patente. Sin embargo, su presencia no evitó que la Junta de Getaria tomase medidas para atajar la violencia banderiza. Las ordenanzas establecieron prohibiciones estrictas y penas muy duras a sus contraventores, y perseguían alianzas familiares y solidaridades clientelares o de linaje de los culpables. A su vez, el desafío, máxima expresión de la justicia “privada” de los parientes mayores, fue restringido y sujeto a norma. En resumen, canalizaban todas las formas represivas, formas que no podían llevarse a cabo sin explícito consentimiento de la Hermandad.

Miniatura: el rey Juan II confirmando los Cuadernos de Ordenanzas de la Hermandad de 1397 en 1453 Página del Cuaderno de Ordenanzas de la Hermandad de Gipuzkoa de 1397 confirmadas por el rey Juan II en 1453 Página del Cuaderno de Ordenanzas de la Hermandad de Gipuzkoa de 1397 confirmadas por el rey Juan II en 1453

Articulación y afianzamiento: Cuadernos de Ordenanzas

La alianza de las villas que se materializa en la Hermandad  General va dando pasos en busca de unas instituciones colectivas de carácter permanente con  su organización y competencias: las Juntas Generales.

Desde finales del siglo XIV y a lo largo del siglo XV se produce un proceso de organización y articulación de la  Provincia que tiene su soporte en  los Cuadernos de Ordenanzas  de la Hermandad  (Cuaderno de Ordenanzas de  1397, Cuaderno de Ordenanzas de 1415, Cuaderno de Ordenanzas de 1453, Cuaderno de Ordenanzas de 1457, Cuaderno de Ordenanzas de 1463 y  Cuaderno de Ordenanzas de 1482). Serán los Cuadernos de  Ordenanzas de la Hermandad de 1457 y 1463 los que más van a contribuir a definir las características de esta institución, cuyo objetivo principal no será ya la persecución de malhechores, sino la organización del Territorio y de la propia Hermandad. En este periodo la Hermandad encarga la realización de libros copiadores del conjunto de disposiciones legales que le afectaban, entre los que destaca el Libro de los Bollones (1481-1506), elaborado por  Domenjón González de Andía, primer escribano fiel de la Provincia. Todos estos documentos  se conservan en el Archivo General de Gipuzkoa (Tolosa). 

La relación de la Hermandad de Gipuzkoa con la corona de Castilla a lo largo de este periodo es primordial y su respaldo se aprecia en prohibiciones de bandos de parientes en villas como Azkoitia, Arrasate o Bergara, y la proclamación de la Provincia como Noble y Leal en 1466,  por Enrique IV. También Gipuzkoa acierta en la guerra dinástica, pues milita en el lado isabelino, a cambio de la confirmación de sus leyes propias en 1475. La representación de la Corona se plasma en la figura del Corregidor  y en mantener una relación equilibrada de éste con las instituciones guipuzcoanas será uno de los retos de esta relación.

Son estos años también los que asisten al afianzamiento territorial de la Hermandad, a la que se suman Gatzaga y el Valle de Leintz  en 1497, este segundo en colisión de jurisdicción con la del señorío de Oñate.

Confirmación del Cuaderno de Ordenanzas por el rey Enrique IV Página del Cuaderno de Ordenanzas de 1463 Libro de los Bollones: libro copiador de las ordenanzas, reales provisiones, cartas, acuerdos y formularios de la Hermandad de la Provincia de Gipuzkoa (1481-1506)

Juntas Generales

Todo parece indicar que ya en 1397 se establece la alternancia de la sede de estas reuniones o, más propiamente, Juntas Generales. El hecho de que no exista una sede única quizás no haya que interpretarla como una falta de estructura, sino como el derecho de todas las participantes a recibir a la Junta. Es en el Cuaderno de Ordenanzas de 1457 en donde se determinan las 18 villas sedes de  las Juntas (seis villas  por cada uno de los tres valles) debiéndose turnar la celebración de las mismas. Se establece también la duración de las reuniones en 12 días y se prevé  que cuando se realicen llamamientos  de las juntas fuera de las villas establecidas éstas se celebraba en los lugares de Usarraga (Bidegoyan) y Basarte (Azkoitia). En 1472 se confirma la fecha de reunión (13 días después de Pascua de Resurrección y 13 días después de Todos los Santos) y el orden de la rotación de las 18 sedes. Asimismo, se regula el número de días de celebración.  Existen también  otras disposiciones sobre el orden de asiento de los participantes e, incluso, el color de su vestimenta; las acreditaciones son recogidas por el escribano, que da fe y redacta las actas…

En resumen, se protocoliza todo lo relativo a las Juntas Generales, evidencia de su importancia e institucionalización.

Las Juntas tenían un amplio abanico de competencias de gobierno, judiciales y fiscales que se van consolidando en la segunda mitad del siglo XV. Esta institución está integrada por el corregidor, delegado del rey, que actuaba como presidente, el asesor presidente  cuyo nombramiento era realizado por el ayuntamiento en el que se celebraba la Junta, el escribano fiel o secretario de la Junta, los dos alcaldes de hermandad más próximos  al lugar de reunión de las Juntas y  los procuradores, que eran los representantes de las 25 villas privilegiadas a las que había que unir las Alcaldías de Aiztondo, Areria y  Sayaz. En 1497 se incorpora Leintz Gatzaga y en 1509 Oiartzun, de forma que el número de villas con representación se estableció en 30.

El carácter periódico pero extenso en el tiempo de estas reuniones deja en manos de diputados o comisionados la ejecución de multitud de órdenes o informes encargados por las Juntas, si bien esta figura no se institucionalizó hasta mediados del siglo XVI. 

Así pues, en este periodo se da inicio a las instituciones, que todavía en la actualidad caracterizan al Territorio Histórico de Gipuzkoa: Juntas Generales y la Diputación.

Más información en:  Juntas Generales de Gipuzkoa.

Grabado de Domenjon González de Andía ( +1489), Primer escribano fiel de la Provincia de Gipuzkoa, y personaje activo en la creación de la Hermandad y en el gobierno de Gipuzkoa Ordenanza aprobada en la Junta General de Errenteria sobre el salario del escribano fiel Domenjón González de Andia. 1481 Títulos del Cuaderno de Ordenanzas de 1457 sobre el establecimiento de los lugares de reunión de las Juntas Juntas Generales © Gipuzkoako Batzar Nagusiak
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